lunes, 22 de octubre de 2007

Negociación Colectiva - Procedimiento.


Descargar en la imagen

Campaña de la CUT "Por Más"


Negociación Colectiva:¿Dónde y Para Qué?

Publicación de "Libertad y Desarrollo" acerca de la negociación colectiva.
Abrir en la imagen.

martes, 16 de octubre de 2007

Cierre de negociaciones Codelco - Trabajadores El Teniente

Emol.cl "Codelco cierra con éxito negociación colectiva con trabajadores de El Teniente."(...)

Cooperativa.cl "Codelco adelantó y cerró con éxito negociación colectiva con El Teniente."(...)

domingo, 9 de septiembre de 2007

Aurora Polar, un fascinante fenómeno

Qué es una aurora

Una aurora polar se produce cuando una eyección de masa solar choca con los polos norte y sur de la magnetosfera terrestre, produciendo una luz difusa pero predominante proyectada en la ionosfera terrestre.

Las auroras aparecen en dos óvalos centrados encima de los polos magnéticos de la Tierra, que no coinciden con los polos geográficos. La posición actual aproximada del Polo Norte magnético es 82.7º N 114.4º O.
Ocurren cuando partículas cargadas (protones y electrones) procedentes del Sol, son guiadas por el campo magnético de la Tierra e inciden en la atmósfera cerca de los polos. Cuando esas partículas chocan con los átomos y moléculas de oxígeno y nitrógeno, que constituyen los componentes más abundantes del aire, parte de la energía de la colisión excita esos átomos a niveles de energía tales que cuando se desexcitan devuelven esa energía en forma de luz visible.
El Sol, situado a 150 millones de kilómetros de la Tierra, está emitiendo continuamente partículas cargadas: protones, con carga positiva, y electrones, con carga negativa. Ese flujo de partículas constituye el denominado viento solar. La superficie del Sol o fotosfera, se encuentra a unos 6000 grados centígrados de temperatura, sin embargo, cuando se asciende en la atmósfera del Sol hacia capas superiores la temperatura aumenta en vez de disminuir, tal y como la intuición nos sugeriría. La temperatura de la corona solar, la zona más externa que se puede apreciar a simple vista sólo durante los eclipses totales de Sol, alcanza temperaturas de hasta 3 millones de grados. El causante de ese calentamiento es el campo magnético del Sol, que forma estructuras espectaculares como se ve en las imágenes en rayos X. Al ser la presión en la superficie del Sol mayor que en el espacio vacío, las partículas cargadas que se encuentran en la atmósfera del Sol tienden a escapar y son aceleradas y canalizadas por el campo magnético del Sol, alcanzando la órbita de la Tierra y más allá. Existen fenómenos muy energéticos, como las fulguraciones o las eyecciones de masa coronal que incrementan la intensidad del viento solar.

Las partículas del viento solar viajan a velocidades desde 300 a 1000 kilómetros por segundo, de modo que recorren la distancia Sol-Tierra en aproximadamente dos días. En las proximidades de la Tierra, el viento solar es deflectado por el campo magnético de la Tierra o magnetosfera. Las partículas fluyen en la magnetosfera de la misma forma que lo hace un río alrededor de una piedra o de un pilar de un puente. El viento solar también empuja a la magnetosfera y la deforma de modo que en lugar de un haz uniforme de líneas de campo magnético como las que mostraría un imán imaginario colocado en dirección norte-sur en el interior de la Tierra, lo que se tiene es una estructura alargada con forma de cometa con una larga cola en la dirección opuesta al Sol. Las partículas cargadas tienen la propiedad de quedar atrapadas y viajar a lo largo de las líneas de campo magnético, de modo que seguirán la trayectoria que le marquen éstas. Las partículas atrapadas en la magnetosfera colisionan con los átomos y moléculas de la atmósfera de la Tierra, típicamente oxígeno (O), nitrógeno (N) atómicos y nitrógeno molecular (N2) que se encuentran en su nivel más bajo de energía, denominado nivel fundamental. El aporte de energía proporcionado por las partículas perturba a esos átomos y moléculas, llevándolos a estados excitados de energía. Al cabo de un tiempo muy pequeño, del orden de las millonésimas de segundo o incluso menor, los átomos y moléculas vuelven al nivel fundamental, y devuelven la energía en forma de luz. Esa luz es la que vemos desde el suelo y denominamos “aurora”.
Las auroras ocurren típicamente entre los 95 y los 1000 kilómetros de altura. Las auroras se mantienen por encima de los 95 km porque a esa altitud la atmósfera es tan densa y los choques con las partículas cargadas ocurren tan frecuentemente que los átomos y moléculas están prácticamente en reposo. Por otro lado, las auroras no pueden estar más arriba de los 500-1000 km porque a esa altura la atmósfera es demasiado tenue –poco densa- para que las pocas colisiones que ocurren tengan un efecto significativo.

Se le llama aurora boreal cuando se observa este fenómeno en el hemisferio norte y aurora austral cuando es observado en el hemisferio sur. No hay diferencias entre ellas.

martes, 4 de septiembre de 2007

La Serena, mito y leyenda.

Leyenda de la desaparición de la ciudad de La Serena.

En vistas de que se aproximan las fiestas patrias me tomé la libertad de difundir un parte del florclor Chileno, como son los tipicos mitos y leyendas.

Especificamente en esta ocasión contaré la historia de la desaparición de la antigua ciudad de La Serena.

Algunos dichos populares dicen: “El amor mueve montañas” o “El amor es más fuerte”, pero tras conocer la siguiente historia deberíamos instaurar uno que dijera: “El amor hace desaparecer ciudades”.

Y es que la leyenda de la “Desaparición de la ciudad de La Serena” nos cuenta la historia de Juan Soldado, un joven buen mozo y muy humilde que se enamora de la única hija del rico cacique de la ciudad. Pese al enfático rechazo de su padre, la chica se enamora de Juan Soldado y decide casarse con él. Justo en el momento en que el cura iba a dar inicio al sacramento, en la iglesia se comenzó a sentir un fuerte alboroto. Todos los presentes comentaron que se acercaba a la ciudad el padre de la novia, con la firme intención de matar a los futuros esposos para luego, incendiar y destruir toda la ciudad.

Nadie sabe qué, ni cómo pasó, pero el asunto es que cuando el padre enfurecido pisó los alrededores de la ciudad, ésta de pronto se desvaneció, se esfumó.

Acompañado de sus soldados recorrió a caballo montes y praderas, pero todo era un peladero. La ciudad no estaba. Había desaparecido.

Cuentan que, a veces, por lo general, los sábados, las personas que pasan cerca del lugar donde estaba emplazada la ciudad, se escucha música y canciones. Otros dicen que para el viernes santo la ciudad se hace visible para quienes la contemplan desde lejos, pero la imagen comienza a desvaneserse a medida que la gente se acerca a ella.

jueves, 23 de agosto de 2007

Proyecto de ley


Problema: La Ley Nº 19.518 sobre el estatuto de capacitación y empleo es criticada, por cuanto excluye ciertos organismos e instituciones. Dentro de ellos los Sindicatos de trabajadores

Solución: Incorporar a los sindicatos como organismos técnicos de capacitación.

Datos del proyecto de ley:

N° Boletín: 4341-13

Título: Incorpora a los sindicatos como organismos técnicos de capacitación.

Fecha de Ingreso: Martes 18 de Julio, 2006

Iniciativa: Moción

Tipo de proyecto: Proyecto de ley

Cámara de origen: C.Diputados

Urgencia actual: Sin urgencia

Etapa: Primer trámite constitucional

Subetapa: Primer informe de Comisión de Trabajo y Seguridad Social

Bajar proyecto de ley: ACA

domingo, 29 de julio de 2007

La redonda emoción de Youtube !

Recuerdo como hace algun tiempo me encontraba en la casa de mi amigo Felipe Doren...

jugabamos winning eleven y buscabamos videos chistosos por el mágico mundo de internet, en medio de ese ocio, nos encontramos con una pagina apenas conocida, se llamaba YouTube. Me pareció tan interesante que llegué a mi casa y me cree una cuenta para subir mis grabaciones. Han pasado 2 años, tengo 40 videos en linea e interactúo con millones de personas de todo el mundo. La pagina que aludo se convirtió en la lider de su innovador rubro, hoy posee mas del 50% del mercado, ganandole a toda su competencia junta(google videos, msn videos, flodeo, etc). Y resulta tan ingenuo pensar que todo nació en la inquietud de dos amigos que no podían mandarse videos mutuamente porque eran muy pesados, dijieron "abramos una pagina y subamos". La unicas limitantes de Youtube es que no se pueden subir videos de mas de 100 MB o 10 minutos de duración, en orden a conservar la propiedad intelectual creo yo y; que no se pueden bajar desde la red, es decir, se pueden ver solo en linea, limitante que actualmente tiene solucion en el manual que presento a continuacion:

PASO A PASO:

1.- DEBEN BAJAR EL MOZILLA E INSTALARLO(SI LO TIENEN DEBEN SALTARSE ESTO).

EL MOZILLA ES UN NAVEGADOR SIMILAR AL EXPLORER.
BAJAR MOZILLA http://www.mozilla.com/products/download.html?product=firefox-2.0&os=win&lang=es-AR

LUEGO QUE LO BAJEN, DEBEN INTALARLO Y EJECUTARLO Y SEGUIR CON EL MOZILA.


2.- LUEGO DEBEN BAJAR INSTALAR LA SIGUIENTE EXTENSION PARA EL MOZILLA:

APRETEN EL TERCER BOTON DEL MOUSE Y PONEN "COPY LINK", LUEGO ABREN OTRA VENTANA DE MOZILLA Y LO PEGAN AHI(ES QUE LA DIRECCION ES MUY LARGA Y NO SE PUEDE ABRIR DIRECTO), ACA SE LAS DEJO:

http://releases.mozilla.org/pub/mozilla.org/extensions/videodownloader/videodownloader-1.1.1-fx.xpi


3.- LUEGO DE INSTALAR LA EXTENSION VAN A LA PAGINA DE YOU TUBE BUSCARN EL VIDEO QUE QUIERAN Y ANTES DE ABRIRLO DEBEN APRETAR EL TERCER BOTON DEL MOUSE Y LUEGO SELECCIONAR “Save Link As…”, QUE QUIERE DECIR “GUARDAR COMO”……AL MOMENTO DE GUARDARLO DEBEN AGREGARLE EN LA EXTENSION DEL ARCHIVO ESTO: .flv

http://videodownloader.net/help/vd05.htm ß LES DEJO UN INSTRUCTIVO DE CÓMO HACERLO


4.- LUEGO QUE GUARDARON SU ARCHIVO Y LE CAMBIARON LA EXTENSION DEBEN BAJAR EL PROGRAMA “REPLAY CONVERTER” http://www.programas-gratis.net/php/descarga.php?id_programa=7113&descargar-Replay%20Converter%202.10 (ESPEREN UNOS 15 SEGUNDOS Y APARECERÁ LA VENTANA PARA DESCARGARLO)

LUEGO DE INSTALADO EL PROGRAMA LO ABREN, SELECCIONAN EL ARCHIVO QUE GUARDARON Y LO CAMBIAN AL FORMATO DE VIDEO QUE QUIERAN.

martes, 3 de julio de 2007

¿Cómo obtener más visitas para mi blog?

Cada día se crean cientos de blogs. Son pocos los que triunfan y muchos los que fracasan. Entérese de algunas estrategias que puede aplicar para que su blog consiga un gran número de visitas.

A continuación listamos algunas sugerencias para que un blog se convierta en un imán de tráfico web cualificado:

25 consejos a seguir

Lo que hace que tengas más visitas a través de buscadores

1) Coloque títulos descriptivos en sus posts. Por ejemplo si va a hablar de calcetines para diabéticos no coloque un título como “sistemas para caminar sobre las nubes”.

2) Asegúrese de que su blog posee una página de archivo donde tiene enlaces de texto a cada uno de los posts que ha publicado.

3) Coloque enlaces internos en el cuerpo de cada post que apunten a otros artículos de su blog. Asegúrese de que el texto que involucra el enlace sea una palabra clave atractiva para salir posicionado en los buscadores.

4) No escriba ni títulos muy cortos ni títulos demasiado largos en cada unos de sus posts.

5) Coloque al final de cada post un listado de enlaces a los artículos relacionados

6) Evite el contenido duplicado. Haga un esfuerzo y trate de que casi todos sus artículos sean redactados por usted. Colocar artículos con contenido duplicado desmejora el ranking en los buscadores.

7) Asigne tags o etiquetas a cada artículo. Trate de que esas tags no sean tan genéricas

Lo que hace que tenga más visitas de otros portales y blogs


8) Busque aquellos blogs que tratan temáticas similares a la suya y participe dejando comentarios de valor añadido. No se olvide de dejar un enlace a su sitio web en el comentario.

9) Trate de darse de alta en directorios de blogs. Normalmente estos directorios colocan en su página de inicio aquellos blogs que se han actualizado y que están suscritos a la base de datos de dicho directorio.

10) Publique sus artículos en redes sociales tales como agregadores de noticias por votación, sistemas de preguntas y respuestas, publicadores de artículos, etc.

11) Escriba contenidos de calidad para que lo citen en otros blogs.

Lo que mejora la usabilidad de su blog


12) Permita que los usuarios puedan encontrar un determinado artículo por varios caminos: Por categoría, por fecha, por tema específico o por el mapa del sitio del blog

13) No esconda con letra pequeña los enlaces de “artículos anteriores” y “artículos más nuevos”

14) Añada un buscador interno en su blog. Muchos usuarios los utilizan.

15) Reproduzca el menú de navegación principal del blog en el pie de página con un listado de enlaces de texto. Recuerde que normalmente en los blogs se tiene que hacer scroll para leer todo un artículo o la página home.

Lo que hace que un primer visitante repita la visita

16) Permita que sus lectores se puedan suscribir al blog vía sindicación de contenidos (RSS). Contemple los principales lectores de RSS.

17) Diseñe un boletín o newsletter y permita que sus lectores se puedan suscribir para recordarles los últimos artículos publicados en el blog.

18) Permita que sus posts pueden ser dados de alta en los principales marcadores sociales.

19) Publique encuestas sobre temas interesantes de su sector. Permita que los usuarios puedan votar, agregar nuevas opciones y ver los resultados en tiempo real.

20) Escriba con una disciplinada frecuencia. Si escribe 3 artículos a la semana trate de mantener esa periodicidad. No defraude a sus lectores que vuelven cada tres días a su blog a ver su nuevo artículo.

Los contenidos que fidelizan

21) Coloque fotografías o ilustraciones a sus artículos. Las que mejor funcionan son las fotos de personas. Estudios demuestran que los usuarios fijamos más la mirada en las caras de las fotografías.

22) Si puede escribir su artículo en formato de Listado, mejor. Frases como “los 10 errores más típicos de…”las 30 cosas que…”, “ranking de empresas que hacen…”; enganchan la atención de los usuarios.

23) Analice en sus sistemas de estadísticas de tráfico web, las frases de búsqueda que originaron visitas a su blog e identifique nichos de contenidos que puede explotar.

24) Responda a los comentarios en cada uno de sus posts.

25) Si va a colocar publicidad, haga el esfuerzo de que dicha publicidad esté relacionada con la temática de su blog.


Resumen:

Los artículos bien etiquetados y con una riqueza de palabras clave son los principales ingredientes para posicionar un blog en los buscadores.

Un blog puede albergar cientos de artículos, permitir que el usuario pueda encontrar en pocos clics un artículo determinado es la llave de la usabilidad del blog.

Contenidos frescos, frecuentes y de calidad son los que garantizan la fidelización de los usuarios de un blog.

Un blog que consigue altos niveles de visitas es un blog que cumple con varias directrices. Cada vez que se escribe un artículo o post debemos visualizar que es un anzuelo que dejamos para que nos encuentren los usuarios, para que dichos usuarios recorran más páginas de nuestro blog y para que finalmente se conviertan en parte de nuestra comunidad.

miércoles, 16 de mayo de 2007

Presunciones de Derecho.

Aparte del art. 8 del Codigo Civil(Nadie puede alegar ingnorancia de la ley), Nuestro ordenamiento jurídico contempla otras presunciones de derecho.

Tal es el caso del Articulo 4 del Codigo del Trabajo, que dice que representa al empleador frente al trabajador el gerente, el administrador, el capitan de barco, etc. En general quien ejerza funciones de dirección o administración en representación de una persona natural o jurídica.

Asimismo, el Art 450 del codigo penal dice que se castigarán como consumados desde que se encuentren en grado de tentativa el robo en lugar habitado y el robo con violencia o intimidación en las personas.

Tipos de Remuneraciones

El Articulo 42 Codigo del Trabajo contempla cinco tipos de remuneracion:

Sueldo.
Sobresueldo.
Comisión.
Participación.
Gratificación.

martes, 15 de mayo de 2007

De las remuneraciones y su protección

LIBRO I, TITULO I, CAPITULO V y VI


De las Remuneraciones
De la Protección a las Remuneraciones

Estres en el trabajo

Contrato Individual de trabajo(Arts. 7 al 12 Código del Trabajo)

El Articulo 7 nos señala en que consiste el contrato individual de trabajo, las obligaciones reciprocas entre empleador y trabajador, en el cual el trabajador se subordina y depende del empleador, y este último, a cambio, lo debe remunerar. El art. 8, nos señala que el contrato de trabajo se presume que existe desde que comienza la relación laboral que señala el articulo 7.

Además el articulo 8 señala que no existe contrato de trabajo en los casos de personas que ejercen oficios, ejecutan trabajos directamente al publico, los que atienden en su domicilio o se encuentren realizando practica profesional de estudios, independiente de que al alumno en practica reciba bonos de colación o movilización por parte de la empresa a la que presta servicios, lo cual debe ser convenido entre ambos, aún así no se considera remuneración para efecto legal alguno.
En su inciso ultimo señala la supletoriedad de este codigo respecto los trabajadores independientes.

El articulo 9 dice relación con la consensualidad del contrato de trabajo, sin perjuicio que su escrituracion es obligatoria en los plazos que determina este mismo articulado.

El articulo 10 señala las estipulaciones que debe contener el contrato de trabajo.

El articulo 11 se refiere a las modificaciones del contrato de trabajo y sus requisitos. Ademas nombra los casos en que no es necesario modificarlo.

Sin perjuicio del articulo anterior, el articulo 12 se refiere a los casos en que el empleador puede modificar unilateralmente el contrato laboral.

Artículos 19 al 24 del Codigo Civil.

Interpretación de la ley, Saber Pensar.


Artículo 19.
Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu.Pero bien se puede, para interpretar una expresión obscura de la ley, recurrir a su intención o espíritu, claramente manifestados en ella misma, o en la historia fidedigna de su establecimiento.

Artículo 20. Las palabras de la ley se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas palabras; pero cuando el legislador las haya definido expresamente para ciertas materias, se les dará en éstas su significado legal.

Artículo 21. Las palabras técnicas de toda ciencia o arte se tomarán en el sentido que les den los que profesan la misma ciencia o arte; a menos que aparezca claramente que se han tomado en sentido diverso.

Artículo 22. El contexto de la ley servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.
Los pasajes obscuros de una ley pueden ser ilustrados por medio de otras leyes, particularmente si versan sobre el mismo asunto.

Artículo 23. Lo favorable u odioso de una disposición no se tomará en cuenta para ampliar o restringir su interpretación. La extensión que deba darse a toda ley, se determinará por su genuino sentido y según las reglas de interpretación precedentes.

Artículo 24. En los casos a que no pudieren aplicarse las reglas de interpretación precedentes, se interpretarán los pasajes obscuros o contradictorios del modo que más conforme parezca al espíritu general de la legislación y a la equidad natural.

Ver Elementos de Interpretación según Agustín Squella.

Horario y programa del curso.

Horario de clases de Derecho Laboral I, primer semestre del 2007.


Programa del curso.

miércoles, 18 de abril de 2007

Estructura de las Jornadas de Trabajo: Hacer de lo complejo algo fácil.



Mi estructura de las jornadas de trabajo estaría inspirado en la casuistica y en la facil comprensión, ya que está dirigiga a los trabajadores e inspirada en ellos, por ende creo que de esta forma les resultaría mas facil comprenderla.

Como requisito redactaría un artículo que diga que es obligatorio poner el tipo de jornada en cualquier contrato de trabajo.

acá les dejo el esquema:


DE LAS JORNADAS DE TRABAJO Y LOS DESCANSOS

PARRAFO I: De las Jornadas de Trabajo.
Jornada ordinaria de trabajo.
Jornada mayor u ordinaria prolongada .

Jornada extendida o excepcional.

Jornada de vigilantes.

Jornada de trabajadores ligados al transporte.

Jornada de hombres de mar.

Jornada de trabajadora de casa partiular.

Jornadas especiales de trabajadores que prestan servicios en lugares alejados.

Jornada extraordinaria(horas extras).
  • Control de horas extraordinarias


PARRAFO II: De los descansos en general.

Descanso durante la jornada.
Descanso semanal.
  • Trabajadores exceptuados del descanso dominical y festivos
Descanso compensatorio.
  • Duración del descanso compensatorio
Descanso especial para trabajadores de comercio.



Ver diagrama en imagen

martes, 17 de abril de 2007

La Jornada Extraordinaria(Arts. 30 a 33 Código del Trabajo)


Conforme al artículo 30, "Se entiende por jornada extraordinaria..."

El maximo legal a que se refiere la norma, es evidentemente el del artículo 22.

Si bien es cierto que a la sociedad le interesa limitar la jornada de trabajo, fundamentalmente para evitar un desgaste de las fuerzas y energias del trabajador y proteger asi el recurso humano, no es menos cierto que en ciertas circunstancias el empleador tendrá el interés legítimo de que se trabaje más allá del límite legal, y aún más, el propio trabajador podrá tener interés en exceder el límite legal, para aumentar su nivel de remuneración.

Las horas extraordinarias constituyen una excepción a la regla general, ya que el empleador no puede unilateralmente imponer el trabajo en jornada extraordinaria, es decir, no puede forzar al trabajador a laborar mas allá de su jornada ordinaria.

Sin embargo, por excepción, en ciertos casos de Ius Variandi, el trabajador se verá obligado a laborar en jornada extraordinaria, bajo sanción de incurrir en causal de despido.

En efecto, conforme a los articulos 30 y siguientes, el pacto de horas extraordinadinarias debe cumplir con ciertos requisitos.



Fuentes:

"Apuntes de clases" del Profesor Raúl Weishaupt Hidalgo, Universidad de Atacama

http://es.wikipedia.org/wiki

http://www.paritarios.cl/codigo_trabajo.htm#00

http://www.stps.gob.mx/03_sub_capacita/01_dge/Condiciones_de_Trabajo.htm

http://72.14.209.104/search?q=cache:SWHF_BVzDxAJ:www.economiaynegocios.cl/mis_finanzas/detalles/detalle_emp.asp%3Fid%3D264+jornada+de+trabajo&hl=es&ct=clnk&cd=9&gl=cl&lr=lang_es

http://209.85.165.104/search?q=cache:q5Jw_sIYVYoJ:www.vitanet.cl/codigo_del_trabajo/Hm000007.php+jornada+ordinaria&hl=es&ct=clnk&cd=10&gl=cl&lr=lang_es

http://209.85.165.104/search?q=cache:hsYs75t8PlsJ:www.asimet.cl/modificaciones_contrato_trabajo.htm+ius+variandi&hl=es&ct=clnk&cd=1&gl=cl&lr=lang_es

http://209.85.165.104/search?q=cache:hponDNaLnicJ:www.economiaynegocios.cl/mis_finanzas/detalles/detalle_emp.asp%3Fid%3D321+jornada+extraordinaria&hl=es&ct=clnk&cd=5&gl=cl&lr=lang_es

http://209.85.165.104/search?q=cache:4hPXYgKIlj8J:www.sofofa.cl/Laboral/DocumentosInteres/DICT_0332-23.doc+requisitos+de+las+horas+extraordinarias&hl=es&ct=clnk&cd=4&gl=cl&lr=lang_es

lunes, 26 de marzo de 2007

Libros de Derecho Laboral

TÍTULO:
Codigo Del Trabajo.
Autor: Editorial Juridica de Chile;
Editorial: Editorial Juridica de Chile







TÍTULO:
El Capital Social
Autor: Varios Autores;
Editorial: Fondo De Cultura Económica








TÍTULO:
Conceptos Basicos Del Derecho Del Trabajo
Autor: Barajas, Montes;
Editorial: Fondo De Cultura Económica







TÍTULO:
Derecho Del Trabajo Y La Seguridad Social Tomo 3 17° Edicion
Autor: Humeres;
Editorial: Editorial Juridica de Chile







TÍTULO:
Manual De Procedimiento Laboral
Autor: Silva, Rodrigo;
Editorial: Editorial Juridica de Chile







TÍTULO:
Codigo Del Trabajo Interpretado
Autor: Olate, Waleska;
Editorial: Puntolex








TÍTULO:
Subcontratacion
Autor: Palavecino Caceres, Claudio;
Editorial: Editorial Juridica de Chile







TÍTULO:
Nuevo Procedimiento Laboral
Autor: Correa Selamé, Jorge;
Editorial: Puntolex









TÍTULO:
Nueva Ley De Subcontratación, Trabajo En Régimen De Subcontratación
Autor: Zavala, José Luis;
Editorial: Puntolex







TÍTULO:
Contrato Individual De Trabajo
Autor: Lanata F., Gabriela;
Editorial: LexisNexis








TÍTULO:
Manual Del Derecho Del Trabajo Tomo 1 Generalidades. Derecho Colectivo
Autor: Thayer Arteaga, William;
Editorial: Editorial Juridica de Chile

Motivate y Superate(videos)

Autosuperación.